Trámites de Tránsito

Trámites de Tránsito
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Laura Larrondo Peñailillo
Plaza de Armas 20
Lunes a Viernes de 08:30 a 14:00

Trámites tránsito

Permisos de circulación  Decreto Ley Nº 3.063  Rentas Municipales

 Renovación de Permisos  Vehículos Particulares  Vencimiento 31 de marzo (Art. 15)

Documentos que debe presentar:

  • Último permiso de circulación cancelado.
  • Revisión técnica en caso de este estar con homologación copia  de  éste.
  • Emisión de gases.
  • Seguro obligatorio.

Renovación de Permisos de Otras Comunas

  • Último permiso de circulación cancelado.
  • Revisión técnica, en caso de estar con certificado de homologación, copia de éste.
  • Emisión de gases.
  • Seguro obligatorio.
  • Certificado de Inscripción del  Registro Civil (Padrón).

Vehículos Nuevos

  • Fotocopia de factura legalizada.
  • Fotocopia simple de la primera inscripción.
  • Certificado de homologación.
  • Seguro obligatorio.

Renovación de permisos segundas  cuotas vehículos particulares.

  • Permiso de circulación primera cuota.
  • En el caso que algún contribuyente venga con un permiso de circulación  de otra comuna a pagar una segunda cuota, no puede ser cancelado en ninguna otra comuna que no sea la de origen.

Renovación Permiso de Circulación  Locomoción Colectiva

Vencimiento 31 de mayo y 2º cuota el 30 de junio

Documentos que debe presentar:

  • Último permiso anterior cancelado.
  • Revisión técnica al día.
  • Emisión de gases.
  • Seguro obligatorio.
  • Fotocopia cartola de la Seremi de Transporte.
  • Certificado de Inscripción del  Registro Civil (Padrón)

Renovación Permiso de Circulación  de camiones, tractocamiones, remolques, máquinas, tractores, etc.

Vencimiento 30 de septiembre 2º cuota el 30 de octubre

Documentos que debe presentar:

  • Último permiso anterior cancelado
  • Revisión técnica al día
  • Emisión de gases
  • Seguro obligatorio
  • Fotocopia cartola de la Seremi de Transporte
  • En el caso que el permiso de circulación sea de otra comuna debe traer una copia
  • Certificado de Inscripción del  Registro Civil (Padrón)

Autorización para circular sin revisión técnica (art. 14)

Para el tránsito de vehículos que, careciendo de permiso de circulación por no estar en actividad,  deban ser trasladados de un punto a otro para el solo efecto de repararlos o con otro objeto semejante (revisión técnica). El valor diario de estos permisos será el 20% de la  UTM (un vigésimo de la unidad tributaria mensual) y no podrá otorgarse por más de tres días en cada mes para un mismo vehículo.

Vehículos sin circulación por mal estado (art. 16)

No será exigible el pago del permiso de circulación respecto de cualquier tipo de vehículos, si en uno o más años completos ha estado fuera de circulación y ello se acredita mediante declaración jurada simple que deberá entregar a la municipalidad respectiva a mas tardar el 30 de noviembre del año a que corresponda pagar el impuesto.